El Coordinador de Bienestar y Protección desempeñará las funciones que se recogen en el artículo 35 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
El Coordinador de Bienestar y Protección actuará, en todo caso, con respeto a lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos.
Se crea la nueva figura del Coordinador del Bienestar del alumno en los centros educativos. Se pretende entre otros muchos objetivos:
- Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos.
- Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.
- Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.
Presentación de la figura de bienestar de la figura del Coordinador de Bienestar
Es por ello que queremos establecer un cauce de comunicación entre familias y el alumnado con el colegio.
Para ello completa el formulario que encontrarás un poc más abajo de manera anónima o bien identificándose, ayudarnos a saber qué podemos hacer para mejorar el bienestar de los alumnos/as, conocer si hay conflictos o problemas, realizar sugerencias y poner a vuestro servicio los recursos del colegio parar trata de resolverlo.
Si es una sugerencia, que sea clara, para poder saber exactamente lo que se propone.
Si es una denuncia de una situación o problema de convivencia, poner quién es el alumno/alumna y si lo sabéis su clase. Explicar bien lo que pasa o habéis visto, lugar, personas implicadas, etc.
¡¡¡Os animamos a participar para hacer un colegio mejor!!!
